El Laudo Arbitral de París fue una sentencia emitida por un tribunal reunido en París, el 3 de octubre de 1899, en el que se falló a favor de Reino Unido el derecho sobre 159.542 km² del territorio Esequibo que pertenecía a Venezuela.
La inconsistencia de la decisión, así como la huella imperial y colonial, puede verse en algunas de las claves del fraude que se consolidó hace 124 años, presentado a continuación:
- Uti possidetis iuris: Por lógica, Venezuela reclamaba el territorio que fue demarcado cuando era Capitanía General bajo el principio uti possidetis iuris (como poseías, seguirás poseyendo). Una vez que logró la independencia tenía el mismo derecho sobre lo que ya estaba delimitado.
- Venezuela no tuvo participación en la sentencia: Estados Unidos, bajo la doctrina Monroe, intervino en representación del país. De este modo los derechos de Venezuela quedaron anulados por el deseo imperial de “proteger” lo que consideraba su “patio trasero”.
- Confabulación anglosajona: En el Laudo Arbitral de París participaron cinco árbitros, dos de ellos británicos nombrados por la corona, dos designados por el gobierno estadounidense y un quinto juez ruso, quien en lugar de ser neutral en realidad formaba parte de la corte británica.