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La Doctrina Monroe inauguró la fase imperial de Estados Unidos (Foto: Getty Images)

El influjo de la Doctrina Monroe en el Laudo de París de 1899

Hoy, 3 de octubre de 2023, se cumplen 124 años de la írrita sentencia del Laudo Arbitral de París, en la que, bajo complot de los jueces involucrados, se desconocieron los derechos históricos de Venezuela sobre el territorio del Esequibo.

La Doctrina Monroe fue utilizada por Estados Unidos para intervenir en esta disputa territorial, bajo el precepto de que cualquier incursión europea en América era una amenaza a su seguridad nacional. Al ver que Gran Bretaña estaba involucrada, Estados Unidos decidió tomar esto como justificación para interferir y actuar en función de proteger sus intereses en una región considerada estratégica.

Esto provocó que la disputa se convirtiera en una negociación directa entre ambos estados anglosajones. En este escenario, Estados Unidos exigió que la reclamación venezolana fuera sometida a un arbitraje, lo que derivó en que Gran Bretaña y Venezuela firmaran el Tratado de Arbitraje en Washington en 1897.

Finalmente, en 1899, se consumó el nefasto Laudo Arbitral de París, mediante el cual se despojó a Venezuela de 159 542 km² del territorio Esequibo.

Lo anterior es relatado con precisión en un informe publicado por el gobierno de Venezuela en 2015. Allí se explica que la elaboración del Tratado de Washington, que ocurrió entre 1895 y 1896, fue efectuada de manera manipulada por parte de los susodichos países, sin tomar en cuenta la verdadera participación de Venezuela en el proceso. Además, el secretario de Estado de Estados Unidos, Richard Olney, presionó al gobierno venezolano para que dejara de cuestionar el tratado y lo firmara sin demora:

Venezuela fue colocada al margen de este asunto, como si fuera un Estado "semibárbaro" o "semisalvaje". En una carta dirigida al presidente Cleveland el 5 de diciembre de 1896, el embajador de Estados Unidos en Londres, Thomas Bayard, quien debía defender los intereses de Venezuela, emitió opiniones abyectas sobre nuestro país: "Nuestra dificultad está en el carácter completamente indigno de confianza de los gobernantes y del pueblo venezolano, lo que da por resultado una responsabilidad indefinible y, por lo tanto, peligrosa del manejo por ellos de sus propios asuntos".

En el texto se explican las condiciones injustas y desiguales en las que Venezuela fue excluida de su representación en el Tribunal Arbitral. El tratado establecía que el tribunal estaría compuesto por cinco juristas: dos designados por Gran Bretaña, dos nombrados por Venezuela y uno elegido por la Corte Suprema de Estados Unidos. Sin embargo, Gran Bretaña se negó a permitir que el presidente de Venezuela designara a un juez venezolano y exigió que ambos sujetos fueran de nacionalidad estadounidense:

(...) ante este atropello, el periodista británico Paul Reuter señaló: "Las condiciones en las que Venezuela consintió en hacerse representar, sin que existiera un protectorado o cualquier otra institución análoga, por un tercer Estado, se encuentran muy raramente en un procedimiento arbitral y ponen de manifiesto una soberanía cuasi colonial".

El quinto jurista designado, Federico Martens, fue elegido como presidente del tribunal. Martens era un diplomático ruso, miembro permanente del Consejo Imperial de Relaciones Exteriores de Rusia. Los ingleses conocían sus ideas, que defendía la cooperación entre su país e Inglaterra en Asia Central, argumentando que ambos países estaban destinados por la Providencia Divina a "civilizar" la región. Además, tenía una postura negativa hacia países considerados "semisalvajes" o "semicivilizados", entre ellos Venezuela.

El informe concluye que el hecho de que Martens fuera elegido como presidente del tribunal puede deberse a sus antecedentes personales y a su postura ideológica, lo que refuerza la percepción de que el tal instancia estaba sesgada a favor de los intereses británicos y en contra de los intereses venezolanos:

Probablemente fue sir Julian Pauncefote, firmante del Tratado de Washington en 1897, por la parte inglesa, quien impulsó la designación de Martens, con la cual Inglaterra lograba y se aseguraba a priori al máximo representante del tribunal, favorable a cualquier arreglo entre Gran Bretaña y Rusia.

El dictamen del tribunal del 3 de octubre de 1899 determinó que la línea de separación entre la colonia británica y los Estados Unidos de Venezuela comenzaba en la costa en punta Playa y se extendía hasta la fuente del río Corentín, conocido como río Cutari:

La decisión arbitraria le aseguró a Gran Bretaña 90% del territorio en disputa y solo le atribuyó a Venezuela la boca del Orinoco y una región de alrededor de 5 mil millas cuadradas en la zona sudoccidental del territorio.

Además los árbitros acordaron que, durante épocas de paz, los ríos Amacuro y Barima estarían abiertos a la navegación de barcos comerciales de todas las naciones, siempre y cuando cumplieran con las regulaciones y pagaran los aranceles exigidos por Venezuela y la Guayana Británica por el paso en las partes de los ríos que les correspondían. Se estableció la misma tarifa para los barcos de Venezuela y Gran Bretaña.

También se acordó que no se aplicarían tasas aduaneras a las mercancías transportadas en los barcos que transitaban por los ríos, pero solo se les cobrarían impuestos por las mercancías que fueran desembarcadas en los territorios de Venezuela y Gran Bretaña, respectivamente.

Venezuela no denunció el fallo hasta la primera mitad del siglo XX debido a circunstancias internas e internacionales. En 1944 Venezuela exigió una reparación amistosa de la injusticia cometida por el fallo. En 1949, después de conocer el Memorándum de Mallet-Prevost, que reveló la conspiración del fallo de París, Venezuela inició una investigación en los archivos británicos para obtener más detalles. Todo esto llevó a la firma del Acuerdo de Ginebra en 1966.

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