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El regreso de Venezuela a las instituciones interamericanas pasaría por una necesaria revisión y reforma de la estructura de la CIDH y la CoIDH (Foto: Jacquelyn Martin / AP Photo)

Venezuela y el sistema interamericano de DD.HH.: pugna y antagonismo

Quizá una de las acciones más controversiales cometidas por el presidente colombiano Gustavo Petro en materia de política exterior, en este primer año de gobierno, tiene que ver con las afirmaciones sobre la necesidad del regreso de Venezuela al Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), del cual no forma parte desde 2012 cuando denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

La imagen, si se quiere positiva, que mantiene dicho mandatario hacia el SIDH en su conjunto no es casual, no se fundamenta en una ingenuidad política —aunque lo pareciera—. Gustavo Petro fue objeto de una sentencia favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que encontró que sus derechos políticos se vieron afectados como consecuencia del dictamen disciplinario para destituirlo como Alcalde Mayor de Bogotá, e inhabilitarlo por 15 años para ocupar cargos públicos, impuesto por la Procuraduría General de la República en 2013.

Además, los principales órganos del Sistema Interamericano, la Comisión y la Corte, han tenido posturas consideradas constructivas en diversos temas ante decisiones regresivas asumidas por algunos tribunales nacionales. Quizá la sentencia de Campo Algodonero en favor de las madres de las mujeres asesinadas en Chihuahua, México, o la que califica de exterminio a las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6 mil víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica en Colombia a partir de 1984 y por más de 20 años, ejemplifican veredictos de este tipo.

La posibilidad de que otros tribunales, más allá de los nacionales, defiendan derechos y garantías fundamentales es aceptada dentro de la institucionalidad de las entidades multilaterales. No obstante, es cierto que estos espacios, en especial el que se configura dentro del SIDH, también ha servido de herramienta para acosar a Estados y desestabilizar gobiernos. Es casi imposible pensar el SIDH alejado, o como un ente distinto a la institucionalidad enmarcada en la Organización de Estados Americanos (OEA).

Así, las declaraciones del presidente Petro son controversiales porque la relación que mantuvo la CIDH —uno de los pilares del SIDH— con el Estado venezolano durante la administración de Hugo Chávez fue, cuando menos, problemática. Las motivaciones que llevaron a denunciar la convención quedaron explícitas en la Nota Formal que realizó la República Bolivariana de Venezuela de fecha 6 de septiembre de 2012, en la que se mostró que, más allá de un capricho gubernamental, era la consecuencia de una política sistemática de hostigamiento hacia la república.

Más que presentar una justificación de la postura nacional de Venezuela, aquí se busca señalar la vigencia de sus argumentos tras más de una década de haberse esgrimido y la inconveniencia que pudiera presentársele al Estado el regreso, en las condiciones actuales que se mantienen en el SIDH, sobre todo en un contexto hostil a las estructuras institucionales interamericanas y las posiciones que contra Venezuela ellas han sostenido en los últimos 15 años.

Hacia una caracterización del Régimen Interamericano de DD.HH.

Se entiende por Régimen Internacional —siguiendo al catedrático Alejandro Anaya— la existencia de un sistema de reglas, normas, instituciones y formas de actuación estatal en materias puntuales como el desarme o los derechos humanos, por solo citar algunas materias específicas. La formación de esta estructura no es gratuita ni altruista, sobre todo si partimos desde una visión realista de las relaciones internacionales, ya que su establecimiento podría estar ligado, o depender de los intereses y objetivos que persiguen las grandes potencias, como lo expone Christopher Rudolph en Constructing an Atrocities Regime: The Politics of War Crimes Tribunals.

El régimen de derechos humanos en este sentido podría convertirse en un mecanismo mediante el cual las potencias logren ejercer de mejor manera un control/influencia política-diplomática "en situaciones concretas y en contra de enemigos o adversarios específicos" —Anaya dixit—. Por tal motivo, él podría servir de herramienta multidimensional —hasta militar, si valida intervenciones—, a través de la cual, en situaciones puntuales, sería usada contra antagonistas: "Las potencias podrían crear o fortalecer regímenes internacionales de derechos humanos porque estos, a su vez, serían un medio más para legitimar actos de intervención en los asuntos internos de terceros Estados", dice Anaya.

En la actualidad existen varios regímenes internacionales de derechos humanos, según la organización internacional que les dio origen: el universal surgido en el seno de la ONU, el interamericano que nació en el marco de la OEA, el que se estructura a partir de Consejo Europeo —para Europa— y desde la Unión Africana —para tal continente—.

Como lo comenta Jack Donnelly: si bien en otros regímenes internacionales de derechos humanos —como el europeo— no tuvo incidencia ningún poder hegemónico, en el caso interamericano la influencia de Estados Unidos se ha hecho evidente no solo como país/potencia sino, especialmente, con la incorporación de sus concepciones político-ideológicas, hasta volverlas imposiciones.

La necesaria reforma del Sistema Interamericano de DD.HH.

La necesidad de iniciar una reforma de la CIDH y, en consecuencia, de todo el SIDH, no es nueva: a finales de la primera década del siglo XXI, y principios de la segunda, se dio un proceso que buscaba generar transformaciones en la Comisión, impulsado por algunos países, entre ellos Venezuela y Ecuador.

El 29 de junio de 2011, el Consejo Permanente de la OEA creó un Grupo de Trabajo Especial de Reflexión sobre el Funcionamiento de la CIDH para el Fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Grupo de Trabajo Especial). El 13 de diciembre del mismo año, tal instancia adoptó un Informe que contiene 67 recomendaciones, entre ellas 53 dirigidas a la CIDH. El trabajo fue aprobado por el Consejo Permanente el 25 de enero de 2012 y fue acogido por la Asamblea General el 5 de junio de ese año.

Se planteaba entonces reformar el Estatuto de la Comisión —tarea de los Estados miembros— o dejar que ella misma hiciera los ajustes "necesarios" por cuenta propia —burocracia interamericana—, por medio de enmiendas a su reglamento. Nada de ello prosperó y las modificaciones que se realizaron no satisficieron las demandas de los Estados, entre ellos Venezuela.

Venezuela argumentó al momento de la denuncia de la CIDH que la Comisión no respetaba, en los casos referidos al país, los procedimientos que se debían cumplir para su actuación, específicamente lo relativo al agotamiento de los recursos internos de los Estados, lo que implica de hecho un desconocimiento de la soberanía y autodeterminación de las partes signatarias.

Esa situación, tras años de haberse denunciado en la convención, se mantiene en distintas instituciones interamericanas. Sólo recordemos la actuación de la OEA durante la administración de Luis Almagro y el cerco diplomático que se implementó sobre Venezuela en aquel lapso. Entre 2016 y 2017, su Secretaría General publicó cuatro informes especiales sobre la situación de los derechos humanos y la democracia en Venezuela; y solo en el año 2017 la Secretaría General, a través del secretario general, emitió no menos de 17 mensajes, pronunciamientos y declaraciones oficiales atinentes al caso venezolano.

Este cuadro no ha cambiado en 10 años: la OEA y las instituciones que conforman el sistema regional siguen comprometidos con una visión parcial de los derechos humanos y la democracia, y ese contexto complejiza el regreso de Venezuela al SIDH.

Bajo el amparo del Sistema Universal de DD.HH.

Como lo expuso Venezuela en la referida Nota Formal, la república optó por comprometerse con mayor fuerza con el Sistema Universal de Derechos Humanos a través del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las convenciones y órganos de tratados que la integran.

Y no es que en estos espacios la presión sobre el Estado no esté presente, pero los mismos mecanismos que contempla —como el examen periódico universal y el diálogo que se mantiene conjuntamente entre Estados parte, burocracia y organizaciones de la sociedad civil— tienen una dinámica que evita el monopolio de la narrativa sobre derechos humanos, más que nunca hoy en disputa.

Venezuela, tras su salida del SIDH, ha continuado garantizando los derechos humanos de su población a pesar de las vulnerabilidades generadas por la aplicación del régimen de sanciones. En estos ocho años, desde la primera orden ejecutiva estadounidense (13692) impuesta al país, no ha habido vocería alguna desde los espacios interamericanos que se refiera a las medidas coercitivas unilaterales en relación con lesiones graves a los derechos humanos.

El regreso de Venezuela a las instituciones interamericanas tendría que pasar por una necesaria revisión y reforma de la estructura de la CIDH y el SIDH, por no hablar de los mismos fundamentos de la OEA como paraguas organizativo de ambas. En el corto y mediano plazo tal situación no está planteada pues no se encuentra entre los intereses estadounidenses una reformulación profunda de sus estatutos y estructura.

Se podría argumentar, incluso, que el problema de fondo no es la cesión de soberanía en materia judicial; la protección de los derechos humanos no se circunscribe exclusivamente a los sistemas judiciales estatales. El quid de la cuestión consiste en la instrumentalización y uso a modo de minar la estabilidad gubernamental de algunos países que enfrenten la hegemonía estadounidense en la región y la imposición institucional interamericana.

La propuesta de Petro para que Venezuela regrese al SIDH no toma en cuenta todos estos elementos, que van más allá de una negociación política entre el gobierno del presidente Nicolás Maduro y la administración de Joe Biden. Se trata de un problema que es estructural del propio sistema y cuyas derivas no dependen de las circunstancias. Más bien el antagonismo y las contradicciones determinan la dinámica entre nuestro país y toda la institucionalidad que emana desde la OEA y sus cuerpos afines.

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