La Asamblea Nacional (AN), principal órgano legislativo de Venezuela, aprobó en segunda discusión la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, un texto legal que, según la presidenta (E) Delcy Rodríguez, servirá para promover "la estabilidad política y el encuentro" entre las distintas fuerzas política del país.
El texto de 16 artículos fue redactado mediante consultas efectuadas por la Comisión parlamentaria delegada, en conjunto con aportes de diversas universidades, organizaciones, partidos políticos y población en general.
Si bien esta Ley tuvo un intenso debate en la AN, en el que dos facciones de la oposición (Alianza Democrática y el Bloque Parlamentario Libertad) presentaron objeciones puntuales, el texto terminó aprobándose de manera unánime desde un espíritu común: "promover la paz social y la convivencia democrática", tal como reza su Artículo 1.
EL ESPÍRITU DE LA LEY
El documento destaca una premisa central: abarca o "comprende todas las acciones u omisiones que constituyan delitos o faltas, cometidos y acaecidos entre el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de esta Ley, en el marco de los hechos amnistiados", según reza su Artículo 6.
Implícitamente, la Ley refiere el periodo histórico del ascenso del chavismo al poder como una inflexión histórica. A consecuencia de esta, se desataron diversas prácticas en la vida política, desde las formas de oposición al chavismo, que derivaron en hechos, faltas y delitos, cometidos por actores de las distintas fuerzas políticas.
Dicho de otra forma, el texto legal refiere un ciclo, aborda y cita concretamente al menos 13 eventos significantes, que van desde el golpe de Estado de abril de 2002 contra Hugo Chávez hasta la violencia suscitada en la previa a las elecciones regionales y parlamentarias de 2025.
El Artículo 8 señala esta larga lista de hitos lamentables en los que, de manera individual o articulada desde las organizaciones políticas, diversas personas cometieron faltas o delitos guiados por razones políticas y han sido procesados por la justicia venezolana.
Jorge Rodríguez, presidente de la AN, comentó que miles de personas han sido sindicadas, procesadas o judicializadas por alguna falta o delito asociado a los eventos significantes descritos en la ley.
En el presente, una abrumadora mayoría de las personas que alguna vez hayan sido procesadas por la justicia en estas cuestiones se encuentra gozando de libertad o alguna medida cautelar sustitutiva al encarcelamiento.
Lo que sigue es establecer un proceso en el que miles de ciudadanos que estén bajo medidas cautelares en el presente sean sujetos de libertad plena. También se revisarán los casos de personas que siguen detenidos. Según los Artículos 10 y 11, se verificarán los supuestos de Amnistía en cada caso, incluyendo las sentencias firmes para emplear en ciertos casos sentencias de reemplazo.
Por tal razón, se ha instado a los tribunales venezolanos a procesar los casos y, en un periodo de 15 días continuos, según refiere la ley.
Esto sugiere el desarrollo de un proceso político e institucional intenso y maratónico. El proceso de amnistía no será un proceso sujeto a la dilación burocrática.
LAS EXCEPCIONES
La rapidez con la que se revisarán los casos, se dará sobreseimiento o se otorgará libertad plena; no sugiere que todos quienes han sido judicializados en el marco de los eventos políticos están sujetos a amnistía.
Según el Artículo 9 quedan claramente excluidos los delitos de homicidio intencional o heridas gravísimas, violaciones a derechos humanos y delitos de lesa humanidad, tráfico de drogas y estupefacientes y delitos reseñados en la Ley contra la Corrupción.
También se señala a quienes "se encuentren o puedan ser procesadas o condenadas por promover, instigar, solicitar, invocar, favorecer, facilitar, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza contra el pueblo, la soberanía y la integridad territorial de la República Bolivariana de Venezuela, por parte de Estados, corporaciones o personas extranjeras".
Según el diputado Jorge Arreaza, presidente de la Comisión Especial de Seguimiento para la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática en Venezuela, este Artículo fue discutido a detalle y aprobado por todas las bancadas parlamentarias.
En el contexto actual, es evidente que personas como María Corina Machado, Leopoldo López o Juan Guaidó difícilmente puedan ser beneficiados por esta ley, considerando como hecho público, notorio y comunicacional su instigación, promoción e invocación de agresiones militares a Venezuela durante varios años.
La Ley de Amnistía adquiere un carácter magnánimo al ser aplicable a personas comunes y actores políticos que cometieron ciertas faltas o delitos. Pero la amnistía no socava elementos inherentes a la integridad del Estado-nación venezolano. Los delitos de traición a la patria, ejecutados de manera abierta, en consonancia con una agresión militar extranjera al país, no están sujetos a ningún tipo de perdón político en ninguna ley venezolana, ni tampoco en la Ley de Amnistía.
Esto sugiere que las personas mencionadas y otras que también han instigado acciones militares externas estarán sujetas a ser detenidas si ingresan a Venezuela, para ofrecer respuestas ante las instituciones venezolanas por sus acciones, tal como hace poco lo sugirió Delcy Rodríguez ante un medio estadounidense.
Las excepciones a la Amnistía no son un detalle menor. Según atiza un sector de la oposición extremista de Venezuela, el país está en una supuesta "transición" y que el chavismo está en plena "capitulación". Alegan que el gobierno en Miraflores está ejecutando acciones acordes a dictámenes directos del gobierno estadounidense. Estos factores han saturado la conversación pública con argumentos de que es "muy pronto", con el sponsor de Trump, que María Corina Machado regresará a Venezuela a liderar una transición política o incluso asumir personalmente el liderazgo político del país. Otro dato que tampoco es menor es que, desde ese sector, ya nadie menciona a Edmundo González Urrutia.
Según esas afirmaciones, y dado que supuestamente es redactada "según directrices de Trump", la Ley de Amnistía debería ser una nueva y flamante pista de aterrizaje de Machado al país. Pero es exactamente todo lo contrario. ¿Cómo queda entonces la tesis del "tutelaje" ante esta cuestión objetiva?
RESETEAR EL CICLO POLÍTICO
La Ley de Amnistía es clara al reseñar, en su Artículo 16, que "las personas beneficiadas por esta Ley que resulten incursas en delitos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia, serán procesadas de conformidad con la legislación aplicable".
No se trata de un cheque en blanco para que ciertas personas reincidan en faltas y delitos.
El texto aborda el problema de la reincidencia de ciertos actores en sus métodos de "hacer política", que en muchos casos derivan en delitos contra el Estado y la sociedad. El Artículo 2, sobre las finalidades de la ley, reseña la necesidad de "rectificación" y "prevenir que los hechos objeto de la amnistía o similares vuelvan a repetirse".
La Ley de Amnistía tampoco tiene alguna disposición derogatoria que suprima otras leyes, como, por ejemplo, la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, la cual, aunque podría ser reformada, seguirá castigando actos que puedan considerarse abiertamente fascistas, la persecución, amenaza o daños directos a personas en base a su identidad política, raza y otras razones. Es un texto que seguirá penando el ejercicio de la violencia por razones políticas.
Esta cuestión coloca la pelota del lado de ciertos sectores opositores. Les somete a aprovechar las condiciones políticas y oportunidades que ofrece la Ley de Amnistía, lo cual les serviría para encausar sus prácticas políticas dentro de los parámetros de las leyes venezolanas. Pero algunos opositores podrían confundir la magnanimidad de la Ley, con debilidad de las autoridades venezolanas o licencia de impunidad, lo cual sugiere que podrían ser proclives a nuevas faltas y delitos.
La Ley de Amnistía es en esencia un marco de reglas para normar y ejecutar la clemencia, el perdón político y promover las buenas prácticas políticas en sociedad. Es básicamente un contrato que impone nuevos compromisos y nuevas responsabilidades.
Su alcance podría tener el atributo de propiciar un cambio en el ecosistema político opositor dentro de Venezuela. Por ejemplo, el Artículo 14 refiere que "en caso de que el beneficiario haya sido requerido para su aprehensión o ubicación en el extranjero, se deberá notificar de inmediato a las instancias competentes para que dejen sin efecto dichas solicitudes".
Esto sugiere que, personas solicitadas por la justicia venezolana, aún estando fuera del país, deben someterse a la ley y ejercer su derecho a ser beneficiados por la amnistía. Ello incluye a algunos políticos opositores que podrían no haber participado en los actos que no son sujetos de amnistía en la ley. El asunto es si ellos deciden tomar esa oportunidad, y en el caso de que la tomen, se reintegren a la vida en el país.
Por otra parte, los sectores opositores dentro de Venezuela y que tienen presencia en el parlamento y órganos de elección popular, han adquirido un compromiso. El aval que han dado a la amnistía como proceso político, sugiere un cierre de ciclo y la apertura de uno nuevo.
Sin obviar reducidas pero considerables excepciones, como la que representa un ala extremista de las oposiciones venezolanas, la mayoría de los factores políticos del país coinciden en que el juego político debe normalizarse y para ello debe regularse en favor del pluralismo, la convivencia y el ejercicio de la política apegada al derecho venezolano. En este sentido, el perdón y el derecho a recibir el perdón pasan a ser un acto político. Pero también deben serlo la rectificación y la no reincidencia.
En el ámbito de la ejecución de la amnistía, la conversación pública y medios ponen hoy el foco en ciertos actores políticos. Pero en términos reales, la absoluta mayoría de los beneficiarios de este proceso serán ciudadanos comunes, personas que en ciertas instancias terminaron pagando las cuentas de la instigación, invocación a la violencia y mensajes de odio de sus líderes.
Por otro lado, el entramado de oposiciones al chavismo es tan diverso que gran parte de ellos están fuera del país, cuestionan este proceso de amnistía, no se someterán a ella y muchos de ellos no son sujetos a su aplicación. Esto sugiere que los actores promotores de las faltas y delitos seguramente seguirán siendo propensos a continuar ese ciclo.
Acá la pelota recae sobre la propia sociedad venezolana, en concreto, los seguidores de ciertas tendencias opositoras. Los ciudadanos comunes están llamados a entender las dimensiones del proceso de amnistía, asumir las nuevas responsabilidades de ese pacto por la convivencia democrática y encausar sus prácticas dentro de la ley. Deben entender que no deben cometer faltas o violar las leyes por llamados de personas que hasta el presente siguen gozando de impunidad.
Diversas encuestas sugieren que segmentos mayoritarios de la sociedad venezolana en general han llegado a un punto de hastío por las formas de "confrontación política" y diatriba que ha exasperado y agotado al país, probablemente empujando a la población hacia la despolitización a ultranza.
De esa manera, la amnistía no es un "borrón y cuenta nueva"; es más bien un reseteo de la política interna. El chavismo mantiene su hegemonía política institucional creando a favor de la sociedad en general nuevos incentivos políticos, pero estableciendo nuevas responsabilidades.